5
(3)

De los requisitos para volver a Argentina se eliminó el test de Covid-19 para todos aquellos que estén vacunados con el esquema completo. 

Según se comunicó en el Boletín Oficial el día de hoy (26/01/22), a partir del sábado 29/01/22 ya no será un requisito obligatorio contar con un test PCR de Covid-19 negativo para regresar a Argentina.

Esta medida regirá para todos aquellos ciudadanos o residentes de Argentina que cumplan con el esquema completo de vacunación (2 dosis al menos) habiendo pasado al menos 14 días desde la 2da aplicación y presentando el pase sanitario (de manera física o digital)

Quienes no cumplan con dichos requisitos tendrán que hisoparse y presentar un test PCR con resultado negativo / no detectable con no más de 72 hs de antelación para poder ingresar a Argentina y hacer cuarentena obligatoria por 7 días a partir del día siguiente al testeo.

El requisito que no varía y afecta a todos por igual es la obligación de presentar la Declaración Jurada para ingresar a Argentina, la cual debe ser completada dentro de las 48 hs. previas al Viaje.

¿Qué dice el boletín oficial?

«Los argentinos, las argentinas y los y las residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA quedarán alcanzados y alcanzadas por las siguientes disposiciones y requisitos sanitarios:

i. Con esquema de vacunación completo:

1) Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. A tal efecto se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación.

Para el caso de los argentinos o las argentinas que hubieran residido en el exterior durante al menos el último año, se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de residencia.

2) Las personas vacunadas con esquema completo -conforme lo establecido en el punto 1) del presente inciso 4.b.i.- estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso 1), apartado d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias.

3) Portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de lo establecido en el apartado precedente para exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía, que así lo requieran.

ii. Con esquema de vacunación incompleto o no vacunadas:

1) Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizado en el país de origen dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje.

El costo de las pruebas a las que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

2) Realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso 1), apartado d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias durante SIETE (7) días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno mencionada en el apartado anterior, salvo las personas comprendidas en el apartado d) del presente inciso.

3) Portar consigo las constancias relativas al cumplimiento de lo establecido en los apartados referidos precedentemente para exhibirlas a los operadores de transporte cuando proceda o a las autoridades competentes en el punto de entrada o el lugar de estadía, que así lo requieran. «
Leé el artículo completo acá.

¿Qué te pareció este post?

Toca una estrella para votar

Promedio de votación 5 / 5. ¡Cuenta de votos! 3

No hay votos hasta ahora. ¡Anímate a ser la primera persona!