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El gobierno comunicó los requisitos y protocolos que deberán cumplir las compañías de aviones, trenes y colectivos de larga y media distancia para poder operar.

De cara a un verano prometedor para el turismo nacional, fueron comunicadas las nuevas medidas orientadas a prevenir contagios y velar por la salud de los pasajeros durante los viajes aéreos y terrestres.

Mediante un comunicado en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte y la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil) comunicaron las condiciones a cumplir por las líneas aéreas para obtener autorización para la realización de vuelos regulares de cabotaje, así como también los protocolos que tendrán que aplicarse para los servicios de transporte automotor y ferroviario interurbano.

Viajes en avión

Para obtener la autorización de vuelo de cabotaje, la aerolínea deberá presentar, con al menos 72 horas hábiles de antelación a la fecha de vuelo, una solicitud de habilitación a la ANAC. Una vez corroborados los requisitos, pasará a evaluación por parte de los gobiernos provinciales.

Las aerolíneas deberán encargarse también de chequear que todos los pasajeros cuenten con su permiso habilitante y bajo ninguna circunstancia podrán viajar personas sospechosas o confirmadas de Covid-19 positivo, como tampoco quienes tengan que cumplir una cuarentena obligatoria.

Por último, las empresas aeronáuticas deberán conservar por 3 meses todas sus listas de pasajeros y sus ubicaciones para poder «asegurar la trazabilidad de los pasajeros» en caso de contagios.

Buses y trenes de media y larga distancia

Para los servicios terrestres, las medidas fueron las siguientes:

  • Las frecuencias se ajustarán de acuerdo a la demanda de los servicios, no pudiendo en ningún caso superar aquellas actualmente registradas para cada línea.
  • Los horarios de los servicios se programarán tomando en cuenta las tasas de ocupación de las distintas terminales de origen y destino, procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades y en la evacuación de las terminales.
  • Los vehículos de transporte automotor interurbano de pasajeros deberán limitar su capacidad de ocupación de acuerdo a: vehículos de categoría «Semi Cama» podrán trasladar en simultáneo hasta 37 pasajeros; los de categoría «Cama Ejecutivo» podrán trasladar hasta 26 pasajeros; y los micros de categoría «Cama Suite» podrán hacerlo con hasta 18 personas.
  • En los trenes, deberá limitarse la capacidad de ocupación al 60% por cada coche en servicio. En ambos casos deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los mismos.
  • Las empresas de transporte posibilitarán que los grupos familiares adquieran pasajes para trasladarse en butacas adyacentes o de ubicación cercana, sin perjuicio del distanciamiento social que debe mediar respecto delos restantes pasajeros del servicio.
  • Las empresas de transporte alcanzadas por la presente resolución, en todas las operaciones de venta o reserva de pasajes procurarán utilizar medios no presenciales.

Todas estas novedades nos alegran, ya que sumadas a las noticias en cuanto al reintegro del 50% y otros beneficios, nos acercan a lo que será un verano increíble en nuestro país.

No dejes de consultar nuestros próximos viajes para poder sumarte y disfrutar de tus merecidas vacaciones con nuevos amigos.

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